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Con
el objetivo de actualizar los criterios de Formación en Terapia
Gestalt, en la Asamblea General de las Jornadas Nacionales de la
Asociación celebradas en Alicante en 1997 se aprobó el temario de
Formación de Terapia Gestalt. Parte importante de esa actualización fue
la necesidad de que todas las escuelas/centros y particulares que
imparten formación cumpliesen una serie de requisitos para que dicha
formación fuese avalada por la AETG.
Esta actualización afecta a cualquier programa de formación que se
inicie o se haya iniciado a partir de Mayo de 1997 (los planes en vigor
hasta esa fecha seguían sometidos a los criterios vigentes).
TEMARIO DE FORMACIÓN EN TERAPIA GESTALT AVALADO POR LA AETG
1.- 600 horas lectivas
1.1.- 500 horas lectivas, como mínimo, repartidas en:
a.- Dos fines de semana, como mínimo, para cada uno de estos temas:
b.- Al menos un fin de semana de cada tema que sigue:
c.- Seis fines de semana, como mínimo, de Dinámica de Grupo a lo largo de toda la formación.
d.- Teoría:
• Teoría de la Práctica Terapéutica: encuadre, la entrevista, hipótesis diagnóstica, psicopatología, seguimiento del proceso, finalización del proceso (30 horas como mínimo).
1.2.- Cada escuela dispone, asimismo, de 100 horas más en las que puede ampliar o profundizar sobre los temas básicos o incluir temario gestáltico propio y específico de la misma.
2.- Terapia individual: mínimo de 80 horas.
3.- Supervisión: mínimo de 10 horas.
Sólo se admite como horas de Formación las impartidas por los miembros didactas de la AETG y profesores colaboradores*.
Las
horas de Terapia deben ser efectuadas por miembros didactas, miembros
supervisores y miembros titulares* de la AETG u otros profesionales
avalados por escrito por un miembro titular de la AETG.
Las horas
de Supervisión deben ser efectuadas por miembros supervisores* y en
caso excepcional miembros titulares avalados por un miembro supervisor.
El
proceso a seguir para que la formación de un centro y/o particular sea
avalada por la AETG es el siguiente: solicitar mediante escrito dicho
particular, y remitir a la secretaría de la Asociación un informe
detallado de la formación impartida para que sea revisada y avalada (en
su caso) en Junta Directiva.
El informe debe incluir los siguientes datos:
De la misma forma será necesario que al acabar cada uno de los cursos en los que cada escuela divida su formación (tradicionalmente: básico, superior y supervisión), haga llegar a la Junta Directiva una lista con los nombres y DNI de los alumnos que hayan acabado cada curso.
Evidentemente cada nuevo Plan de Estudios que se inicie deberá presentarse a consideración de la AETG para que proceda a su validación en cuanto a programa, horas lectivas y titularidad de los docentes.