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Formación Gestalt
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Criterios Generales

Con el objetivo de actualizar los criterios de Formación en Terapia Gestalt, en la Asamblea General de las Jornadas Nacionales de la Asociación celebradas en Alicante en 1997 se aprobó el temario de Formación de Terapia Gestalt. Parte importante de esa actualización fue la necesidad de que todas las escuelas/centros y particulares que imparten formación cumpliesen una serie de requisitos para que dicha formación fuese avalada por la AETG.
Esta actualización afecta a cualquier programa de formación que se inicie o se haya iniciado a partir de Mayo de 1997 (los planes en vigor hasta esa fecha seguían sometidos a los criterios vigentes).
TEMARIO DE FORMACIÓN EN TERAPIA GESTALT AVALADO POR LA AETG

1.- 600 horas lectivas
1.1.- 500 horas lectivas, como mínimo, repartidas en:
a.- Dos fines de semana, como mínimo, para cada uno de estos temas:

  • Entrenamiento de la escucha
  • Aquí y Ahora / Darse cuenta
  • Polaridades / Contacto-Retirada
  • Mecanismos de Evitación ... Defensa ... Adaptación
  • Ciclo de Satisfacción de Necesidades
  • Sueños
  • Técnicas Gestálticas
  • Gestalt Grupal
  • Aplicaciones o extensiones de la Gestalt

b.- Al menos un fin de semana de cada tema que sigue:

  • Relación Terapéutica. Transferencia / Contratransferencia • Escenas temidas del terapeuta

c.- Seis fines de semana, como mínimo, de Dinámica de Grupo a lo largo de toda la formación.

d.- Teoría:

  • Bases filosóficas y teóricas de la Gestalt (30 horas mínimo).

• Teoría de la Práctica Terapéutica: encuadre, la entrevista, hipótesis diagnóstica, psicopatología, seguimiento del proceso, finalización del proceso (30 horas como mínimo).

1.2.- Cada escuela dispone, asimismo, de 100 horas más en las que puede ampliar o profundizar sobre los temas básicos o incluir temario gestáltico propio y específico de la misma.

2.- Terapia individual: mínimo de 80 horas.

3.- Supervisión: mínimo de 10 horas.

Sólo se admite como horas de Formación las impartidas por los miembros didactas de la AETG y profesores colaboradores*.
Las horas de Terapia deben ser efectuadas por miembros didactas, miembros supervisores y miembros titulares* de la AETG u otros profesionales avalados por escrito por un miembro titular de la AETG.
Las horas de Supervisión deben ser efectuadas por miembros supervisores* y en caso excepcional miembros titulares avalados por un miembro supervisor.

El proceso a seguir para que la formación de un centro y/o particular sea avalada por la AETG es el siguiente: solicitar mediante escrito dicho particular, y remitir a la secretaría de la Asociación un informe detallado de la formación impartida para que sea revisada y avalada (en su caso) en Junta Directiva.
El informe debe incluir los siguientes datos:

  • Nombre y dirección de la escuela y de los responsables de la misma
  • Programa detallado con el título de los temas, número de horas lectivas tanto para el programa básico como para un posible programa complementario (si éste existiese).
  • Nombre de los Miembros Didactas de la AETG y Profesores Colaboradores* que van a impartir dicho temario.
* Los requisitos para ser miembro titular, didacta y supervisor se pueden consultar en la página web en el apartado de asociarse/membresías, habiendo un período de transición de 7 años desde el 30 de abril de 2009 para que se cumplan todos los requisitos.

De la misma forma será necesario que al acabar cada uno de los cursos en los que cada escuela divida su formación (tradicionalmente: básico, superior y supervisión), haga llegar a la Junta Directiva una lista con los nombres y DNI de los alumnos que hayan acabado cada curso.

Evidentemente cada nuevo Plan de Estudios que se inicie deberá presentarse a consideración de la AETG para que proceda a su validación en cuanto a programa, horas lectivas y titularidad de los docentes.